
origen de la imagen:https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/01/prioritizing-military-excellence-and-readiness/
Por la autoridad que me confiere la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida mi autoridad como Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se ordena lo siguiente:
Sección 1. Propósito. La amenaza de ataque por misiles balísticos, hipersónicos, y de crucero, así como otros ataques aéreos avanzados, sigue siendo la amenaza más catastrófica que enfrenta Estados Unidos.
El presidente Ronald Reagan se esforzó por construir una defensa efectiva contra ataques nucleares, y aunque este programa resultó en muchos avances tecnológicos, fue cancelado antes de que se pudiera realizar su objetivo.
Desde que Estados Unidos se retiró del Tratado de Misiles Antibalísticos en 2002 e inició el desarrollo de una defensa limitada de misiles en el territorio nacional, la política de defensa de misiles en territorio nacional ha permanecido solo en mantenerse un paso adelante de las amenazas de naciones rebeldes y de lanzamientos de misiles accidentales o no autorizados.
En los últimos 40 años, en lugar de disminuir, la amenaza de armas estratégicas de nueva generación se ha intensificado y complejizado con el desarrollo por parte de adversarios pares y casi pares de sistemas de entrega de nueva generación y sus propias capacidades de defensa aérea y de misiles integradas en el país.
Sección 2. Política. Para avanzar hacia el objetivo de paz a través de la fuerza, es política de Estados Unidos que:
(a) Estados Unidos proporcionará la defensa común de sus ciudadanos y de la Nación desplegando y manteniendo un escudo de misiles de nueva generación;
(b) Estados Unidos disuadirá —y defenderá a sus ciudadanos y a la infraestructura crítica— contra cualquier ataque aéreo extranjero en el territorio nacional; y
(c) Estados Unidos garantizará su capacidad de segundo ataque seguro.
Sección 3. Implementación. Dentro de los 60 días a partir de la fecha de esta orden, el Secretario de Defensa deberá:
(a) Presentar al presidente una arquitectura de referencia, requisitos basados en capacidades y un plan de implementación para el escudo de misiles de nueva generación.
La arquitectura deberá incluir, como mínimo, planes para:
(i) Defensa de los Estados Unidos contra misiles balísticos, hipersónicos, misiles de crucero avanzados y otros ataques aéreos de nueva generación provenientes de adversarios pares, casi pares y rebeldes;
(ii) Acelerar el despliegue de la capa de sensores espaciales de seguimiento hipersónico y balístico;
(iii) Desarrollo y despliegue de interceptores basados en el espacio proliferado capaces de interceptar en la fase de impulso;
(iv) Despliegue de capacidades de interceptación en la fase inferior y terminal dispuestas para derrotar un ataque contravalor;
(v) Desarrollo y despliegue de una capa de custodia de la Arquitectura Espacial de Guerra Proliferada;
(vi) Desarrollo y despliegue de capacidades para derrotar ataques de misiles antes de su lanzamiento y en la fase de impulso;
(vii) Desarrollo y despliegue de una cadena de suministro segura para todos los componentes con características de seguridad y resiliencia de nueva generación; y
(viii) Desarrollo y despliegue de capacidades no cinéticas para complementar la derrota cinética de misiles balísticos, hipersónicos, misiles de crucero avanzados y otros ataques aéreos de nueva generación;
(b) Revisar las autoridades relevantes y la organización del Departamento de Defensa para desarrollar y desplegar capacidades a la velocidad necesaria para implementar esta directiva;
(c) Junto con el Director de la Oficina de Administración y Presupuesto, presentar al Presidente un plan para financiar esta directiva, permitiendo tiempo suficiente para su consideración por parte del Presidente antes de la finalización del presupuesto del año fiscal 2026; y
(d) En cooperación con el Comando Estratégico de los Estados Unidos y el Comando Norte de los Estados Unidos, presentar al Presidente:
(i) Una evaluación actualizada de la amenaza estratégica de misiles a la Nación; y
(ii) Un conjunto priorizado de ubicaciones para defender progresivamente contra un ataque contravalor por parte de adversarios nucleares.
Sección 4. Revisión de Defensa Misilística Aliada y Teatral. Estados Unidos continúa cooperando en defensa de misiles con sus aliados y socios para ayudar en la defensa de las poblaciones y tropas aliadas, así como de las tropas de Estados Unidos desplegadas.
Después de la presentación al presidente de la arquitectura de referencia del escudo de misiles de nueva generación bajo la sección 3(a) de esta orden, el Secretario de Defensa deberá dirigir una revisión de la postura y las iniciativas de defensa de misiles teatrales para identificar cómo Estados Unidos y sus aliados y socios pueden:
(a) Aumentar la cooperación bilateral y multilateral en el desarrollo de tecnología de defensa de misiles, capacidades y operaciones;
(b) Mejorar las defensas de misiles teatrales de las tropas de Estados Unidos desplegadas en el extranjero y de los territorios, tropas y poblaciones aliadas; y
(c) Aumentar y acelerar la provisión de capacidades de defensa de misiles de Estados Unidos a aliados y socios.
Sección 5. Disposiciones Generales.
(a) Nada en esta orden debe interpretarse para menoscabar o afectar de otro modo:
la autoridad otorgada por la ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al jefe de la misma; o las funciones del Director de la Oficina de Administración y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.
(b) Esta orden será implementada de acuerdo con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de apropiaciones.
(c) Esta orden no tiene la intención de, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por la ley o en equidad por parte de cualquier parte contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus oficiales, empleados o agentes, o cualquier otra persona.
LA CASA BLANCA,
27 de enero de 2025.